Cajas de compensación familiar no pueden exigir declaraciones extrajuicio para tramitar subsidios.

Cajas de compensación familiar no pueden exigir declaraciones extrajuicio para tramitar subsidios.

Las cajas de compensación familiar operarán de manera autónoma con respecto a sus beneficiarios y, en ese sentido, serán las responsables del montaje y operación de los procesos de postulación, calificación, asignación y pago de los subsidios, así como de suministrar información relativa a sus postulantes.

En todo caso, precisó la Superintendencia del Subsidio Familiar, aunque las cajas de compensación familiar se conforman como entes de derecho privado, teniendo en cuenta su naturaleza especial y el manejo de recursos de la seguridad social, deben observar las normas dictadas por el legislador para simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública.

Así las cosas, considerando lo dispuesto en el Decreto 19 del 2012, está prohibido exigir como requisito para el trámite de una actuación administrativa declaraciones extrajuicio ante autoridad administrativa o de cualquier otra índole.

Así mismo, cuando se esté adelantando un trámite ante la Administración, se prohíbe exigir actos administrativos, constancias, certificaciones o documentos que ya reposen en la entidad ante la cual se está tramitando la respectiva actuación.

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